El Gobierno nacional celebró la decisión del Consejo de Estado de mantener vigente la figura de la reserva ambiental temporal (decreto 044 de 2024), que permite delimitar áreas de especial protección por sus recursos naturales y resguardarlas de actividades que puedan afectarlas, como la minería.

Así lo dio a conocer la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE) luego de ser notificada por el alto tribunal del auto que niega una solicitud de suspensión provisional de la norma, como medida cautelar, solicitada por la Veeduría Dignidad Minera, organización que demandó la legalidad del Decreto 044 de 2024.

“La protección del derecho al ambiente sano prevalece sobre derechos adquiridos, y más cuando se indica que se trata de la propiedad, a la que constitucionalmente le corresponde una función ecológica”, indicaron los magistrados de la Sección Primera del Consejo de Estado en los fundamentos para rechazar la medida cautelar, reiterando su postura acerca del tema, indicó la ANDJE.

El decreto demandado establece las reservas naturales temporales por un período máximo de cinco años, con la posibilidad de extenderlo solo una vez, mientras el Gobierno desarrolla estudios técnicos detallados, incluyendo investigaciones sobre el ciclo del agua en las áreas afectadas, mientras se diseñan estrategias eficaces para la conservación de los recursos naturales.

El demandante alega que la norma desconoce principios fundamentales legales y constitucionales como la legalidad, el debido proceso y la coordinación entre las autoridades ambientales y mineras.

La decisión judicial acogió los alegatos de la ANDJE –que actuó en representación del Estado colombiano– y explicó que el Decreto 044 de 2024 se expidió para proteger el medio ambiente, dado que existe una debilidad en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) que conlleva a que se realice minería en zonas de especial protección ambiental.

Esta tesis fue sustentada por la Agencia con base en decisiones recientes de la Sección Primera del Consejo de Estado. En particular una sentencia de agosto de 2022 emitida por el alto tribunal y conocida como la “ventanilla minera”.​
Foto: ANDJE
Bogotá, 25 de febrero de 2025
Con información de Presidencia de la República

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