Mientras el Consejo de Estado emite una sentencia definitiva, el salario vital regirá de acuerdo con un nuevo decreto que debe publicar el Ejecutivo. Ilustración Natalia Giraldo
Con la utilización de mecanismos judiciales continúan los ataques a medidas económicas de Petro, para no permitir avances. Políticos de la derecha ahora sí, en campaña, apoyan el incremento salarial
Por: Juan Carlos Hurtado Fonseca
@aurelianolatino
Pocas veces el oportunismo politiquero de partidos de la oposición había sido tan evidente, como cuando el Consejo de Estado emitió un auto que suspendió el decreto del salario mínimo vital, que lo dejó en 23,7%, y dio una semana al Gobierno nacional para emitir uno nuevo.
Hay que recordar que, en diciembre cuando el Gobierno al no tener acuerdo en la Mesa de Concertación de Políticas laborales y decretó lo que serían estas mesadas para 2026, inmediatamente los candidatos presidenciales de la derecha pusieron el grito en el cielo y acusaron a Gustavo Petro de populista, de que sería el responsable del acabose del empleo, del aumento de la informalidad y de provocar inflación.
No obstante, cuando el 12 de febrero el Consejo de Estado suspendió la medida y solicitó otra, políticos de la derecha como Paloma Valencia, Álvaro Uribe, Mauricio Cárdenas y David Luna publicaron videos en los que le pidieron al presidente de la República emitir un nuevo decreto, aunque manteniendo el mismo aumento en el mínimo vital.
La querella
Ahora bien, en el auto proferido por el Consejo de Estado que suspendió de manera provisional el mínimo vital, se evidencian las posturas, tanto de demandantes como de demandados.
Los primeros argumentan que el incremento al salario mínimo desborda cualquier margen de racionalidad económica y jurídica. En ese sentido, que el 23% resulta desalineado con los indicadores macroeconómicos oficialmente reconocidos, porque cuadruplica la inflación causada (5,3); multiplica de forma desproporcionada la productividad total de los factores (0,91); y supera las propuestas más altas que presentaron los trabajadores en la Mesa de Concertación de Políticas laborales (16).
Asimismo, aducen que la ruptura entre los datos económicos y el resultado normativo evidencia un sacrificio excesivo de bienes constitucionalmente protegidos, como la sostenibilidad fiscal, la estabilidad del empleo formal y la libertad de empresa, sin que se justifique que esas cargas son necesarias de acuerdo con los beneficios perseguidos.
Entre los argumentos presentados por los demandantes está que el Gobierno violó lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley 278 de 1996, sobre la Comisión permanente de concertación de políticas salariales y laborales, que expresa: “Las decisiones de la comisión serán adoptadas por consenso. El voto de cada sector representativo será el de la mayoría de sus miembros”.
En el mismo artículo hay un parágrafo que afirma que cuando no se logre un consenso en las negociaciones de la Comisión, “el Gobierno lo determinará teniendo en cuenta como parámetros la meta de inflación del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la República y la productividad acordada por el comité tripartito de productividad que coordina el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; además, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del producto interno bruto (PIB) y el índice de precios al consumidor (IPC)”.
Por otra parte, el Gobierno nacional respondió que la norma que los demandantes aducen como infringida no impone una fórmula matemática rígida para establecer el mínimo. Igualmente, que la referencia al salario vital es un criterio constitucionalmente admisible, que debe aplicarse con base en la Sentencia C – 815 de 1999.
Asimismo, que el concepto de salario mínimo vital es desarrollo del Artículo 53 de la Constitución “aplicado prevalentemente, lo cual justifica el incremento del 23%”. Finalmente, expresan que el Consejo de Estado no tiene competencia para dar órdenes al Gobierno nacional.
Con lo anterior y otros argumentos, los magistrados decidieron suspender el decreto y ordenar que en ocho días expidan uno nuevo en el que se fije un porcentaje transitorio para el mínimo, que regirá hasta cuando se dicte sentencia definitiva.
Vuelven a la mesa
Para dar cumplimiento al alto tribunal, el 16 de febrero se reunió la Mesa de Concertación de Políticas laborales, espacio de discusión entre representantes de los empresarios, los trabajadores y entidades como los ministerios de Trabajo y Hacienda, y en esta se coincidió en que el salario vital ya fue incorporado en los ingresos de millones de familias y en la planeación de gastos y que cambiarlo ahora afectaría la estabilidad y la confianza.
Por su parte, la Central Unitaria de Trabajadores, CUT, en voz de su presidente Fabio Arias, rechazó la suspensión y exhortó al presidente de la República a emitir un nuevo decreto en las mismas condiciones, es decir, manteniendo el incremento del 23,7%: “Nosotros los consideramos derechos adquiridos ya, porque han sido pagados y reconocidos a casi cinco millones de colombianos, que ganan el salario mínimo como trabajadores, o que reciben mesada pensional del salario mínimo”.
El dirigente sindical agregó que, si los empresarios están de acuerdo, debe enviarse como consenso de la Mesa de Concertación al Consejo de Estado.
Hay condiciones para más
Sin embargo, en el consejo de ministros del 16 de febrero, Petro soltó una perla. Con base en un cuadro que compara el incremento de productividad real, laboral, con el salario mínimo real en varios años, se demuestra que la brecha aumenta hasta la llegada del actual gobierno.
“El estudio dice que si ponemos el salario vital, incluso en 2 millones 155 mil pesos mensuales, ministro, cerramos la brecha de ahí para adelante”, manifestó el presidente. La cifra sería de 155 mil pesos más que el salario demandado ante el Consejo de Estado.
Petro continuó: “Pero a partir de la fecha, si se aprueba ese salario que dice el profesor, (Se refiere a quien hizo el estudio citado) cerraría la brecha y entonces volveríamos a una equidad que tiene una consecuencia en el salario relativo”.
Finalmente, concluyó: “Ese estudio tiene que ser entregado también, porque el salario relativo, es decir, la parte del salario dentro del ingreso nacional, la masa salarial toda empieza a aumentar su porcentaje respecto al ingreso; es decir, hemos disminuido explotación, no toda, porque siempre en el capital hay explotación, siempre”.
Hay que recordar que desde diciembre, el Gobierno está hablando de salario mínimo vital y que un estudio de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, de noviembre identificaba un rezago del mínimo en más de 47% con el salario vital, es decir, lo necesario para cubrir alimentación, vivienda, salud y educación, aspectos que todavía en Colombia no se cumplen.
Con información del Semanario Voz