Donald Trump. Foto Flickr

Trump cree fundar una nueva moral. En realidad lo que hay es una reafirmación de la inmoralidad capitalista y fascista

Por: Pietro Lora Alarcón

El 7 de enero, en entrevista concedida en el Salón Oval de la Casa Blanca, indagado por el New York Times sobre si los E.E.U.U. deben cumplir el derecho internacional, y si hay controles a su poder global, Donald Trump respondió: “debemos cumplir, y lo hago. Pero eso depende de cuál es tu definición del derecho internacional. No necesito el derecho internacional. Tengo mi propia moralidad”.

Esta cosmovisión no es casual ni accidental. Está incrustada en la estrategia de seguridad de los E.E.U.U., que considera su status militar autosuficiente para vencer conflictos, es decir, sin la ayuda de aliados. Sin embargo, advierten que en la coyuntura, Rusia y China también pueden hacerlo. Eso significa que, teóricamente, ninguno de ellos puede garantizar unilateralmente su seguridad.

Una moralidad inmoral

La agenda imperialista apunta a desequilibrar la balanza, tanto en capacidad político-militar como en aliados. Y para esa finalidad, lo que menos necesita son ataduras. Por lo tanto, la retórica oficial, comenzando por la presidencial, no puede aceptar límites jurídicos, sino imponer el discurso de “su propio derecho” y “su propia moralidad”.

En concreto, en los moldes actuales del derecho bastarían el artículo 2.4 de la Carta de la ONU y la Declaración Universal de Derechos Humanos para encontrar argumentos de condena a las acciones de los E.E.U.U. en la Corte de Haya. Pero no es tan simple. La efectividad de una sanción supone derrotar las asimetrías y los hilos de la dominación imperial, acción jurídicamente improbable, por lo menos por ahora.

Trump, usando su moral y su derecho, agrede a Venezuela, inicia acciones militares y las ejecuta directamente y sin intermediarios, para definir las posiciones en el tablero. La idea es forzar la política externa e interna de los países del mundo, no solo de los latinoamericanos o caribeños, obligándolos a decidir sobre: ¿en favor de quién estarán dispuestos el territorio y sus armas en caso de un conflicto global? ¿a quién sirven los recursos estratégicos? ¿aceptarán tratados económicos de adhesión y subordinación o pretenden negociar buscando acuerdos de favorabilidad en áreas específicas?; ¿sus relaciones diplomáticas mantendrán vínculos privilegiados con los EE.UU o se orientan a otra potencia?

Un contrasentido civilizatorio

En la lógica imperial contemporánea, los tratados, ventajas y prohibiciones que emanen de las respuestas serán el producto jurídico del momento, es decir, “el nuevo orden y, por supuesto, el nuevo derecho internacional”. Frente a este contrasentido civilizatorio, valorar los fines del derecho internacional emanado de los estertores de la Segunda Guerra, como factor de resistencia, es una necesidad en la coyuntura global, y especialmente en la regional.

Un primer paso es detectar sus transformaciones, partiendo de que a comienzos del siglo XX la jurisprudencia internacional justificó el colonialismo y sustentó las llamadas “misiones” europeas y estadounidenses, cumplidoras del supuesto deber de llevar “nombre, religión y buen gobierno” a países africanos y del Caribe, poblados por quienes consideraban “bárbaros”.

Precisamente para esta época, en abril de 1917, en medio de la complejidad de la lucha revolucionaria, Lenin publicó su obra “El Imperialismo, fase superior del capitalismo”. Luego, entre 1933 y 1938, fueron publicados en la URSS los “Cuadernos sobre el imperialismo”, incluido el texto “El derecho de las nacionalidades a la autodeterminación”.

En sus escritos, Lenin asocia el imperialismo al colonialismo, abordándolo como una etapa histórica peculiar del desarrollo del capital, que resulta de las propias características del capitalismo, convertidas en su antítesis y que exigen expandir los monopolios.

En la época, las valoraciones del derecho internacional destacaban que no habría una única ordenación jurídica del mundo, teniendo en cuenta las contradicciones de los Estados en lucha por tierra y territorios. Todo ser definiría a partir del derecho de usar la fuerza contra el otro. El cambio substancial de esta visión se produjo cuando el fascismo, la extensión más execrable de las pretensiones hegemónicas del capital, fue vencido por la resistencia popular.

En esta etapa, por lo menos en teoría, los Estados renunciaron al derecho de usar la fuerza para resolver conflictos y el derecho internacional idealizó sus relaciones, proyectando una apuesta de nobles pretensiones de paz y seguridad. Nada más distante de las pretensiones imperiales.

Resistencia mas allá del Derecho Internacional

Desde entonces, objetivamente, el derecho internacional requiere para su efectividad de acciones de resistencia, combinando instituciones y calles. Se necesita una visión menos contemplativa y más proactiva de los actores internacionales capaces de imponer otro rumbo. Especialmente defendiendo la soberanía como atributo de una comunidad que se organiza y gobierna a sí misma. Exactamente lo que se niega por parte de los E.E.U.U., en el caso reciente, a Venezuela, pero que también se desconoce ferozmente a Gaza y otros lugares del mundo en lucha.

Asumir esta tarea implica desatarse de las ópticas coloniales frecuentemente diseminadas en la gran prensa y de aquellas promovidas por analistas cuya pobreza intelectual no les permite ver posibilidades diferentes a la rendición ante el uso de la fuerza, aunque les parezca jurídicamente condenable.

Un derecho internacional efectivo, capaz de imponerse a los designios imperiales, necesita de una retaguardia de unidad y movilización antiimperialista, consciente, organizada y sostenida. Solo eso garantiza paralizar la táctica de los EE.UU, lo que en la región es fundamental. Otro derecho y otra moral, ancladas en los intereses legítimos de los pueblos, son mucho más civilizadas que las de Trump.
Con información del Semanario Voz

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