La Fiscalía General de la Nación elevó una petición de información a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) sobre las declaraciones del exgobernador de Magdalena, Trino Luna, sobre presuntos pagos que habría realizado la multinacional Drummond a grupos paramilitares.

La petición de la Fiscalía fue revelada por la W Radio, en un documento que la emisora conoció en exclusiva y en el que la fiscal delegada ante los Jueces Penales del Circuito Especializado, Diana Mercedes Salazar Solís, pide a la JEP que le allegue “la resolución de aceptación o acta compromisoria, respecto a la verdad” para poder determinar si es necesario llamar al confeso parapolítico para que amplíe sus declaraciones sobre la presunta financiación de la multinacional a grupos paramilitares, así como información respecto a los homicidios del presidente y vicepresidente de Sintramienérgética, Valmore Locarno y Victor Hugo Orcasita, ocurridos el 12 de marzo de 2001.

EL DOCUMENTO

“1. De un lado, de acuerdo con la solicitud probatoria elevada por el apoderado de la parte civil, doctor Iván Otero, en cuanto depreca escuchar en declaración al exgobernador de Magdalena, Trino Luna, por cuanto, dice, ante la Jurisdicción Especial para la Paz, ha señalado el conocimiento directo que tenía sobre los pagos de Drummond a los grupos armados ilegales. En ese sentido, el Despacho ordena, en principio, para establecer su condición de sometimiento voluntario y eventual conocimiento respecto a estos hechos, solicitar y/o inspeccionar el radicado No. 900258-79.2019.0.00.001, seguido ante esa jurisdicción, a efecto de obtener la resolución No. 2522 de 12 de julio de 2022 de aceptación el programa o ata compromisoria, respecto a la verdad. Igualmente, copia de las versiones rendidas, a efecto de establecer si dio cuenta de la financiación de las autodefensas, por la multinacional y/o el homicidio del Presidente y Vicepresidente de Sintramienergética, Valmore Locarno y Victor Hugo Orcasita”.

“2. De otra parte, en atención al informe de policía judicial No.9-518201 (F. 50/C71), respecto de PUBLIO HERNÁN MEJÍA GUTIÉRREZ, (…), según resolución 004975 de 18 de septiembre de 2019, dentro del caso 003 “muertes ilegítimas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado”, en punto del sometimiento, ante la Jurisdicción Especial para la Paz, solicitar y/o inspeccionar la aceptación de sometimiento, el programa o acta compromisoria,, respecto de la verdad, en caso de haberla presentado el suscrito, con el propósito de esclarecer si el mismo refiere la identificación e individualización de otros presuntos responsables, en el homicidio agravado de los directivos sindicales de Sintramienergética, Valmore Locarno y Victor Hugo Orcasita, ocurrido el 12 de marzo de 2001, en Valledupar, así como obtener copia de las versiones rendidas con este suceso”.

“3. Con el mismo propósito, solicitar y/o inspeccionar la aceptación de sometimiento, el programa o el acta compromisoria, respecto de la verdad, en tratándose de Eduardo Sanmiguel Peña; así como obtener copia de las versiones rendidas y relacionadas con este suceso. De la misma manera, de ser procedente, obtener los datos de ubicación, para escucharlos en declaración”.

“Lo anterior, se dispone, en el término de treinta (30) días, a través de policía judicial, previa coordinación y comunicación tanto con el Grupo de Estrategia de Paz de la Subdirección de Políticas Públicas y Estrategia Institucional de la Fiscalía General de la Nación como con el Despacho”.

En otra página del documento, la fiscal Salazar Solís solicita a la JEP que le alleguen copias de las declaraciones del excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Salvatore Mancuso, en las que este dé cuenta de la financiación de la multinacional Drummond a los grupos paramilitares que comandó. Así mismo, también pide, en un plazo de 20 días, que se alleguen copias de las declaraciones de Luis Carlos Ávila Tehera, Jesús Albeiro Guisao Arias y Hernán Fontalvo sobre el mismo.

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“El apoderado de la parte civil, doctor Iván Otero, con memorial de 21 de julio de 2022, elevó solicitud probatoria, en el sentido que, dentro del radicado 89, adelantado ante la Fiscalía 86 Especializada del GCCIPE-DJT, obra versión rendida por Salvatore Mancuso, donde señala la financiación de la multinacional Drummond Ltd., a las autodefensas. Misma investigación donde se estableció que los primeros integrantes de esta organización, en el Cesar, fueron Luis Carlos Ávila Tehera, Jesús Albeiro Guisao Arias y Hernán Fontalvo, con conocimiento de la referida financiación; así, entonces, por considerar que se satisfacen los presupuestos de conducencia, pertinencia, racionalidad y utilidad, el Despacho las decreta”.

“En sentido, se dispone a policía judicial que, en el término de veinte (20) días, solicite información y/o practique al radicado en referencia, con la finalidad de obtener los medios probatorios descritos, a saber, los testimonios de Salvatore Mancuso, Luis Carlos Ávila Tehera, Jesús Albeiro Guisao Arias y Hernán Fontalvo, donde hayan referido la financiación de Drummond a las autodefensas o relacionado. Igualmente con miras a escucharlos en declaración, deberá aportar los datos de ubicación de las tres últimas personas en mención”.
Fuente: La Regional

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