Se discute el aumento salarial para el año 2025. Foto archivo Voz
Aunque existe una legislación que procura la concertación del aumento salarial, la avaricia del empresariado la hace disfuncional
Por: José Ramón Llanos H.
La regulación de los salarios en Colombia solo comienza a abordarse a partir de los años 40 del siglo XX, cuando encontramos leyes y decretos que determinan el nivel salarial. Sin embargo, la elevada informalidad del trabajo dificulta la determinación precisa del nivel de los ingresos percibidos por este tipo de trabajadores.
Casi todos los analistas del mercado laboral están de acuerdo en que quienes trabajan en la informalidad reciben salarios inferiores a quienes están vinculados a las empresas cubiertas por las normativas reguladoras de la relación obrero patronal.
En los años 20, ocurrió el primer intento de organización y sistematización de la economía nacional. Esto fue posible por la llegada al país de la Misión Kemmerer, la que dio la orientación para la creación del Banco de la República en 1923; además definió las bases para la normativa de las actividades crediticias y la actividad comercial.
La ampliación de las manufacturas y otras actividades contribuyó a la formación de un mercado laboral con la consiguiente elevación de la acumulación de capital, producida en la segunda mitad de la década del 20.
Según Medófilo Medina, “Entre 1925 y 1930 una quinta parte del Producto Nacional Bruto correspondía a inversión y la capacidad productiva se aumentó en más de un 50 por ciento”.
Las primeras normas laborales
El desarrollo económico expresado en la fundación de empresas comerciales, industriales y las actividades de exportación e importación condujeron al crecimiento de la mano de obra, todo lo cual exigió la intervención del Estado para reglamentar las relaciones obrero patronales. Se tuvo que legislar sobre salarios, la extensión de la jornada de trabajo, los contratos obrero patronales, etc.
Dada la tecnificación de la industria y el comercio que implicó el uso de maquinarias y otros instrumentos para mejorar la productividad, en 1915, mediante la Ley 57 se legisló sobre los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, ya que la tecnificación de los procesos de trabajo incrementó las posibilidades de riesgos en los establecimientos de trabajo. Antes, en 1907, se escribió la primera norma laboral de Colombia que estableció el descanso dominical para los trabajadores del sector oficial.
En 1934, se estableció la jornada laboral de ocho horas y, por primera vez, se otorgaron vacaciones remuneradas. En 1936, como consecuencia de que al comienzo de los años 30 se crearon los primeros sindicatos y la primera Central Obrera producto de la lucha de los trabajadores, el gobierno concedió el derecho a la huelga.
Debido al gran desarrollo de las empresas comerciales e industriales, así como de las actividades económica rurales, en 1945, se vio la necesidad de aprobar la Ley Laboral General. Cinco años después, se promulgó el Código Sustantivo de Trabajo, cuyo objetivo era establecer unas normas que permitieran relaciones laborales justas entre empleadores y trabajadores.
El salario mínimo
Desde 1950 se estableció el Salario Mínimo, así como se dispuso de los mecanismos formales para su fijación y procedimientos para esta actividad. La Ley 278 de 1996 permitió la creación de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales adscrita el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con una sede principal en la capital de la República y unas subcomisiones departamentales, conformadas por representantes del Gobierno, de los empleadores y de los trabajadores.
Todo este andamiaje jurídico ha procurado orientar debidamente las acciones que permitan, mediante concertación entre los trabadores y los empresarios, asignar anualmente el aumento salarial. Sin embargo, pocas veces se ha logrado la concertación por la obstinación de los patronos de no reconocer los aumentos necesarios para recompensar el aporte del obrero en la creación de riqueza.
En la discusión sobre el aumento salarial para el año 2025, como siempre los empleadores tratan de que sea un mínimo porcentaje el incremento y, por supuesto, los trabajadores buscan que sean reconocido los esfuerzos que ellos hacen en la creación de nuevas riquezas en el país. Aspiran a dos dígitos, los empresarios consideran que debe oscilar entre el 5 y el 6 por ciento.
Tabla: Incremento del salario mínimo, 1984-2024
Con información del Semanario Voz