Movilización 20 de mayo del 2026. Foto Fabián Sora
La nueva jurisdicción tiene el propósito de proteger al más débil corrigiendo desequilibrios históricos. Sin embargo, el reciente documento presentado por el alto tribunal a la Cámara de Representantes solo beneficia a los acaparadores y despojadores de la tierra
Por: Jaime Osorno
@jaimeosorno_
La Corte Suprema de Justicia, uno de los altos tribunales con mayor relevancia en la administración de justicia, toma postura claramente clasista y se alinea con los despojadores, acaparadores y con el decadente Congreso que, durante los últimos 18 meses, se ha negado a cumplir con su deber de discutir el proyecto de ley estatutaria sobre la jurisdicción agraria.
No estamos simplemente ante una política agraria. Estamos ante una disputa histórica por la tierra, el poder del territorio y el modelo de país.
En ese contexto, la nueva jurisdicción dejó de ser un asunto técnico o institucional para convertirse en un punto neurálgico de la reforma agraria. No se trata solo de crear jueces especializados, sino de definir quién decide sobre la tierra, bajo qué principios y en beneficio de quién.
Como lo ha venido planteando la ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, la reforma agraria ha entrado en fase de implementación. Sin embargo, su sostenibilidad depende de algo más profundo: la capacidad del Estado de garantizar justicia en el campo.
La tesis es clara: sin jurisdicción agraria, la reforma en el sector no solo será incompleta, sino que además será vulnerable.
La tierra: el centro de una disputa estructural
El problema agrario en Colombia pasa por la falta de acceso a tierra y es, ante todo, una estructura de poder. En esa estructura confluyen el acaparamiento de tierras, especialmente baldíos de la Nación; la apropiación irregular de activos públicos; relaciones de producción profundamente desiguales, y una débil capacidad estatal para regular y sancionar.
La disputa no es solo por la propiedad, sino por el control de bienes estratégicos: tierra, agua, biodiversidad y capacidad productiva. En este escenario, la ausencia de una jurisdicción agraria robusta ha permitido que esa disputa se resuelva, en favor de quienes tienen mayor poder económico o capacidad de captura institucional.
Uno de los puntos más sensibles del debate es el manejo de los baldíos. Históricamente, la adjudicación de baldíos ha sido una función del Ejecutivo, orientada a democratizar el acceso a la tierra. Sin embargo, en la práctica, amplios sectores han logrado acumular estos bienes públicos de manera irregular.
Esto no es un problema marginal; es uno de los mecanismos más persistentes de concentración de la tierra en el país. Por ello, es la autoridad de tierras quien debe tener la facultad de administrarlos y adjudicarlos a los sujetos de reforma agraria para la producción alimentaria.
Aquí la jurisdicción agraria cumple un papel decisivo: clarifica los derechos, revierte las apropiaciones indebidas y garantiza que la tierra pública cumpla su función social.
Porque la tierra no es solo un activo económico. También es un bien estratégico para la producción de alimentos, la sostenibilidad ambiental y la cohesión social.
El campo colombiano está atravesado por relaciones profundamente asimétricas: campesinos sin tierra frente a grandes propietarios; comunidades rurales frente a actores económicos de gran escala, y sujetos históricamente excluidos frente a estructuras consolidadas de poder.
En este contexto, la justicia no puede ser neutral en términos formales, debe reconocer esas desigualdades. La jurisdicción agraria tiene un propósito central: proteger al más débil en una relación estructuralmente desigual. Esto implica decisiones que no solo apliquen la ley, sino que corrijan desequilibrios históricos.

El movimiento campesino ha convocado a una movilización nacional el 20 de mayo. Foto Joel González, Presidencia
Una tensión institucional en desarrollo
El debate agrario no es solo colombiano, es global. Las áreas de producción agrícola vienen disminuyendo, mientras aumenta la presión sobre los suelos y los ecosistemas. En Colombia, este fenómeno se agrava por la degradación de suelos, el uso inadecuado del territorio y la ausencia de mecanismos eficaces para proteger el suelo agrícola.
La jurisdicción agraria, en este contexto, no solo resuelve conflictos. Defiende principios fundamentales: la función social de la propiedad, la función ecológica y la necesidad de garantizar la producción de alimentos. Sin instancias que actúen frente a la destrucción del suelo y el uso indebido de la tierra, la reforma agraria pierde sentido estratégico.
El debate actual también refleja tensiones entre poderes públicos. La reciente propuesta presentada por la Corte Suprema de Justicia a la Cámara de Representantes ha sido interpretada como una intervención en competencias históricas del Ejecutivo en materia de tierras, particularmente en la adjudicación de baldíos.
Esto abre una pregunta de fondo: ¿estamos ante un reordenamiento institucional ilegítimo o ante un riesgo de bloqueo a la política agraria? La preocupación es que la ausencia de una jurisdicción agraria termine favoreciendo a quienes históricamente se han beneficiado por la falta de regulación efectiva.
Contrarreforma y movilización
El momento actual no es neutro. La implementación de la reforma agraria enfrenta resistencias y una de las más silenciosas es la de la vieja institucionalidad y actual modelo de justicia. Sin mecanismos claros de justicia agraria, los procesos de redistribución pueden verse obstaculizados, ralentizados o incluso revertidos.
La pregunta que emerge en el debate público es incómoda, pero necesaria: ¿estamos ante un intento de frenar la reforma agraria? Porque, en ausencia de una jurisdicción agraria eficaz, la concentración de la tierra encuentra su mejor aliada.
Frente a este escenario, el debate trasciende lo institucional. La construcción de la jurisdicción agraria no dependerá únicamente del Congreso o de las altas cortes, sino también de la capacidad de movilización y presión social.
Hoy más de un millón y medio de solicitantes de tierra y 654 comités de reforma agraria siguen esperando respuestas. Para ellos, la jurisdicción agraria no es una discusión jurídica. Es una condición para acceder a derechos. De ahí la necesidad de movilización social, articulación del movimiento agrario y presión política para avanzar en su creación.
La reforma agraria ha entrado en una fase decisiva. Pero su futuro no se definirá únicamente en la cantidad de hectáreas adjudicadas. Se definirá en la capacidad del Estado —y de la sociedad, a través de un movimiento social agrario— de construir una institucionalidad que garantice justicia en el campo.
La jurisdicción agraria no es un complemento. Es el terreno donde se juega la viabilidad de la reforma. Porque, al final, la disputa por la tierra no es solo económica: es jurídica, política y profundamente social. Y sin resolverla en esos tres planos, la reforma agraria seguirá siendo una lucha donde la movilización es crucial. ¡Nos vemos en las calles!
Con información del Semanario Voz